Tips: Medidas tributarias y herramientas de crecimiento para tu negocio

En el último mes muchos emprendedores, micro, pequeños y medianos empresarios han sufrido una baja considerable en sus ventas por no poder abrir o sufrir daños en su infraestructura. Es por ello, que en estos momentos, flexibilizar las instrucciones relacionadas con la normativa tributaria vigente y facilitar el cumplimiento tributario es sumamente relevante. Además, a través de una charla de Jorge Albornoz, Contador Auditor,  te aconsejamos algunas herramientas  para  mejorar la funcionalidad y el crecimiento de la empresa.

Medidas Tributarias del Servicio de Impuestos Internos:

  1. La declaración de IVA correspondiente al mes de octubre podrá realizarse hasta el 10 de diciembre sin ningún tipo de recargo. Esta medida, destinada a personas, micro, pequeñas y medianas empresas, extiende en 10 días adicionales el plazo ya entregado por el SII.
  2. Se amplía a cinco meses el plazo para dar aviso al SII en el caso pérdidas de existencias por faltantes de inventario.
  3. Se considerarán hasta cinco meses para informar la pérdida o inutilización de su documentación contable o tributaria, sin aplicación de multas.
  4. Los contribuyentes que hayan sufrido daños en bienes inmuebles, podrán solicitar la rebaja de su avalúo en caso de destrucción o daño grave de las edificaciones existentes en su propiedad, o bien de la disminución de su valor.
  5. Se priorizarán las solicitudes de devoluciones de IVA formuladas por contribuyentes con cambio de sujeto, lo que les permitirá contar con flujo de caja en un plazo máximo de 5 días para que sea autorizada la devolución.
  6. Se eliminarán los recargos por presentación fuera de plazo de solicitudes de inicio de actividades, actualización o modificación de información y términos de giro, para apoyar a todos los contribuyentes que se han visto imposibilitados de cumplir con estas obligaciones.
  7. Se posterga el plazo para la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la emisión de facturas de exportación hasta el 17 de enero de 2020. Esta iniciativa les permitirá seguir operando con sus actuales sistemas hasta esa fecha.
  8. En forma extraordinaria, el SII autorizará la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio, y permite que continúen facturando, manteniendo la operación de sus negocios.
  9. Se reprogramarán en forma automática todas las citaciones en oficinas del SII. Los contribuyentes que no hayan podido asistir en este periodo serán contactados para comunicarles la nueva fecha, sin que quede registro de la inasistencia.

Herramientas  para  mejorar la funcionalidad y el crecimiento de la empresa:

Establecer cuál es mi propósito con la empresa

Si queremos una empresa para mantenernos, debemos acoger  un régimen, porque la ley lo exige, si nuestro caso es ese, yo les aconsejo un 14Ter, si es una empresa para crecer y a futuro realizar inversiones, te aconsejo un 14A, las diferencias son:

-14A te lleva a una contabilidad completa obligatoria, registros que corresponden a libros de compras, ventas diarios, de remuneraciones y de Impuestos Retenidos.

-14Ter es un régimen simplificado que libera al contribuyente de algunas obligaciones tributarias, es como el sueldo de la casa».

Ventas

Como emprendedor algunas preguntas claves para definir la estrategia de ventas son: ¿Quién es mi mercado? ¿A través de qué canales puedo llegar a él? ¿Qué procesos de venta necesito para llegar a ese mercado? ¿Que quiero proyectar? ¿Dónde quiero estar? ¿Por qué quiero estar ahí?. Para ello, es  ideal que se puedan asesorar de la mejor forma posible. Adicionalmente, es aconsejable hacer análisis de la situación interna y del mercado de forma constante para organizar y aplicar las mejores prácticas.

Libros de asistencia

En Chile los empleadores tienen la responsabilidad legal de controlar la asistencia de sus trabajadores al lugar físico del trabajo. Una de las formas de hacerlo, es a través del clásico libro de asistencia, que va a depender del tipo de contrato, como ejemplo:

Tengo una persona contratada en el cargo de gerente, probablemente lo tenga en el artículo 22, en el cual no será necesario el libro de asistencia, ya que me eximo de acreditar la asistencia, pero sin tener derecho al pago de horas extras, distintos son los otros trabajadores  de los cuales si necesito llevar un control.

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