Con el objeto de facilitar la declaración mensual de IVA para la ciudadanía, y considerando la situación excepcional que se está produciendo en nuestro país, el Servicio de Impuestos Internos informa a los contribuyentes que esta declaración podrá realizarse hasta el 31 de octubre de 2019, sin ningún tipo de recargos.
En ese sentido, se decidió condonar a los contribuyentes clasificados como microempresas, pequeñas empresas, medianas empresa y personas, los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago o solo en la declaración en los casos en que se ejerza el beneficio de postergación de pago, de los impuestos que debían declararse y/o pagarse por el periodo tributario de septiembre de 2019.
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